El IRS ofrecerá plazos extendidos para la declaración de impuestos, acceso a fondos de jubilación y otros beneficios a personas y negocios afectados

El 2017 será recordado como uno de los años más castigados por los desastres naturales en EEUU, específicamente por huracanes e incendios que asolaron ciudades en Florida, Texas, California y Puerto Rico.

Muchas personas y negocios sufrieron pérdidas irreparables. Para mitigar en algo el impacto negativo de tales acontecimientos, el Servicio de Rentas Internas (IRS) estará brindando apoyo fiscal en forma de plazos extendidos, acceso a las reglas de pérdida por hecho fortuito y acceso facilitado a los fondos de jubilación.

Personas y negocios que tienen derecho a los beneficios fiscales

• Individuos y negocios cuya residencia esté localizada en condados designados como zonas de desastre (Visite el sitio web de FEMA para verificar si tu área fue declarada como una Zona de Desastre).

• Cualquier individuo que sea socorrista y haya apoyado en una zona de desastre, sin importar que estén afiliados a organizaciones gubernamentales o filantrópicas.

• Individuos y negocios cuya sede principal no esté localizada en una zona de desastre, pero cuyos registros estén localizados en una zona de desastre designada, y los cuales sean necesarios para cumplir con los plazos de declaración o pago de impuestos.

• Patrimonios o fideicomisos cuyos registros tributarios estén localizados en una zona de desastre designada, y los cuales sean necesarios para cumplir con los plazos de declaración o pago de impuestos.

• Cualquier cónyuge de un contribuyente afectado, y que haga una declaración conjunta con su esposo o esposa.

Situaciones en las que se pueden reclamar pérdidas

• Sin importar que su área haya sido declarada o no como zona de desastre federal, puede tener derecho al reclamo por pérdidas por hecho fortuito como una deducción detallada en su declaración de impuestos. Una pérdida por hecho fortuito está oficialmente definida como “el daño, destrucción o pérdida de tu propiedad a causa de cualquier evento repentino, inesperado o inusual como una inundación, huracán, tornado, fuego, temblor o hasta una erupción volcánica”. La pérdida puede ser por un desastre natural o hecho por el hombre.

• Los primeros $100 de una pérdida no son deducibles, y el restante de la pérdida es deducible en la medida que exceda 10% de tu ingreso bruto ajustado. Por supuesto que cualquier pérdida reembolsada por un seguro o cubiertos por fondos federales de desastres no son deducibles.

• Usualmente, una pérdida es deducible el año en el que ocurrió, pero tiene la opción de sacar la deducción de su declaración de impuestos del año anterior para poder recibir los beneficios más rápido. La fecha límite para decidir en qué año quiere reclamar la pérdida generalmente es la fecha límite de su declaración de impuestos del actual año. Si ya ha presentado su declaración de impuestos, puede usar TurboTax para enmendar su declaración en el formulario 1040X y escriba en rojo en la parte superior de la declaración “Desastre” y el nombre de su ciudad, condado o estado que fue declarado zona de desastre.

• Las víctimas de los huracanes Harvey, Irma y María aplican a las reglas de pérdidas por hecho fortuito facilitadas bajo la Ley de Extensión de Impuestos por Desastre y de Extensión de Aeropuerto y Vía Aérea del 2017. Típicamente, los contribuyentes tienen que detallar sus deducciones para reclamar por pérdidas por hechos fortuitos, pero las víctimas de los huracanes Harvey, Irma y María no tienen que detallar sus deducciones para reclamar sus pérdidas por desastres. 

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