Una mala jugada por parte de su pareja a efectos del IRS le podría complicar su situación legal y financiera
Apuesto a que cuando la mayoría de los novios dicen, “en las buenas y en las malas”, las “malas” que imaginan son, probablemente, situaciones como enfrentar un despido laboral o una larga enfermedad familiar —pero no ser víctima de una estafa fiscal cometida por su actual o ex cónyuge.
Los matrimonios suelen presentar declaraciones fiscales en conjunto ya que esto les permite obtener ciertos créditos fiscales y otros beneficios que no tendrían si las presentaran por separado. Pero una de las posibles desventajas es que cada integrante del matrimonio es responsable, tanto individual como conjuntamente, por los impuestos, intereses y penalidades que se adeuden sobre los impuestos declarados durante el matrimonio, e incluso si se divorcian.
Entonces, ¿qué pasa si su cónyuge o ex cónyuge —ya sea con o sin intención— declaró ingresos menores a los reales, deducciones mayores, no declaró distribuciones imponibles de la cuenta IRA o cometió cualquiera de los otros tantos pecados a los ojos del IRS? Bueno, usted podría tener que cargar con el muerto, aun cuando todo eso haya ocurrido sin que usted lo supiera.
Por eso todos los años, decenas de miles de personas presentan la “Exención del Cónyuge Inocente” en el IRS. Desafortunadamente, los casos suelen ser difíciles de probar y muchos son rechazados. Además, hasta hace poco, la ley ordenaba que, en todos los casos, la exención debía ser presentada dentro de los dos años de la primera actividad de cobranza del IRS o de lo contrario la solicitud sería rechazada.
Sin embargo, al menos en un aspecto, el IRS ha aliviado la carga de la prueba: El año pasado, el organismo eliminó el requisito de los dos años para los contribuyentes que presenten una “reparación equitativa”, una categoría abierta a los contribuyentes que no cumplen con los requisitos estrictos de otras disposiciones de la ley del Cónyuge Inocente.
El cambio de política del IRS reconoció que, en algunos casos, el cónyuge que es víctima de esta estafa ni siquiera se entera hasta mucho después de que ocurre. Muchas veces, porque el cónyuge que comete el delito oculta la información o las notificaciones enviadas por el IRS reclamando el pago —o, en los casos de abuso doméstico, porque la víctima tiene miedo de presentarse.
Hay tres categorías de exenciones que se pueden solicitar: la exención del cónyuge inocente; la separación de responsabilidades y la reparación equitativa. Las diferencias entre ellas (incluyendo la elegibilidad, los plazos y prescripciones) son complicadas, por lo que recomiendo leer “Información Fiscal para Cónyuges Inocentes” en la página www.irs.gov para más detalles.
Para solicitar una Exención del Cónyuge Inocente, se debe presentar el Formulario 8857 del IRS; no obstante, un formulario sirve como presentación para varios años. No se demore en presentarlo solo por no tener toda la documentación probatoria requerida, ya que en algunos casos, todavía se sigue aplicando el plazo de dos años para presentar el formulario.
Al tomar la decisión, el IRS considerará ciertos factores como su experiencia educativa y comercial, la situación financiera de la pareja y el grado de participación suya en la acción que derivó en el ítem erróneo. El IRS rechazará la solicitud si cree que usted se ha beneficiado con la evasión fiscal.
Los contribuyentes a quienes se les rechazó la solicitud de reparación equitativa solo por no presentarla dentro del plazo de dos años, podrán volver a solicitarla usando el Formulario 8857 si no ha vencido el plazo de cobro de los años fiscales en cuestión.
Visite “Información Fiscal para Cónyuges Inocentes” en la página www.irs.gov para más detalles sobre los diferentes tipos de exenciones y recursos disponibles, condiciones para acceder a las mismas, plazos perentorios, etc.
Espero que las “malas” en su matrimonio no vayan más allá de un par de discusiones menores, pero es bueno saber que contamos con algún recurso ante tan terribles situaciones.